Comité de convivencia laboral
Órgano de control que canaliza con objetividad y transparencia las quejas relacionadas con conductas de acoso laboral en nuestras fundaciones educativas.
¿Qué es el CCL?
Es un órgano de control que todo empleador está obligado a crear al interior de cada organización empresarial, según la Resolución 0652 de 2012 del Ministerio del Trabajo.
Su propósito es canalizar con objetividad y transparencia todo tipo de quejas que tienen como origen una conducta de acoso laboral, garantizando la confidencialidad y el debido proceso.
Confidencialidad
Todos los casos se tratan con absoluta reserva
Objetividad
Análisis imparcial de cada situación presentada
Diálogo
Espacios de mediación entre las partes
Due Process
Garantía del principio del debido proceso
Funciones del Comité
Artículo 6°, Resolución 0652 de 2012
Ver las 10 funciones del CCLSegún Art. 6° — Res. 0652/2012
- 1Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
- 2Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.
- 3Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
- 4Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva.
- 5Formular un plan de mejora concertado entre las partes, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
- 6Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento.
- 7En casos en que no se llegue a un acuerdo o la conducta persista, remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación (sector público) o informar a la alta dirección (sector privado).
- 8Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.
- 9Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional.
- 10Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluyan estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.
¿Qué es el Acoso Laboral?
Es toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un trabajador, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, causar perjuicio laboral o inducir la renuncia. Ley 1010/06 – Art. 2.
Maltrato Laboral
Acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; expresiones injuriosas tendientes a menoscabar la autoestima de la víctima.
Persecución Laboral
Conducta reiterada o arbitraria de descalificación, exceso de trabajo y cambios permanentes de horario cuyo propósito es desmotivar o inducir a la renuncia del trabajador.
Discriminación Laboral
Todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar, credo religioso, preferencia política o situación de discapacidad.
Inequidad Laboral
Asignación de funciones a menosprecio del trabajador, sin correspondencia con su cargo o formación.
Entorpecimiento Laboral
Obstaculizar el cumplimiento de una labor o retardarla con perjuicio para el trabajador: privación o destrucción de información, ocultamiento de correspondencia o insumos.
Desprotección Laboral
Asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
Sí constituye acoso laboral
- Agresión física.
- Expresiones hostiles, injuriosas o ultrajantes.
- Injustificadas amenazas de despido.
- Descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo.
- Burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir formuladas en público.
- Asignación o imposición de deberes ajenos a la obligación laboral.
- Horarios excesivos de trabajo sin fundamento.
- Trato discriminatorio respecto a los demás trabajadores.
- Negativa a suministrar materiales e información indispensable para la labor.
- Negativa injustificada a otorgar permisos, licencias y vacaciones.
- Envío de mensajes anónimos, llamadas con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio.
No constituye acoso laboral
- Actos destinados a ejercer potestad disciplinaria.
- Exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial.
- Memorandos solicitando exigencias técnicas o eficiencia laboral, conforme a indicadores objetivos.
- Solicitud de deberes extras de colaboración para la continuidad del servicio.
- Actuaciones administrativas para terminar el contrato de trabajo por justa causa (C.S.T.).
- Exigir cumplimiento de deberes y obligaciones del C.S.T. Arts. 55 al 57, 59 y 60.
- Exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en los reglamentos y cláusulas de los contratos de trabajo.
Miembros del Comité
Selecciona la fundación para ver sus integrantes
Sandra Milena Morales
PresidentaCentro Administrativo
Leslie Pajoy
PrincipalColegio Parroquial San Joaquín I y II
Yonoris Enith Valencia
PrincipalColegio Compartir
Héctor Antonio Palacio Córdoba
SecretarioCentro Administrativo
Amparo Rosales Alvarez
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede San Felipe
Maria del Pilar Ramirez
SuplenteColegio S.I.H. Sede Alfonso López
Angie Melissa Erazo Palomares
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Calimio Desepaz
Kelyn Julieth Monsalve Gómez
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Comuneros II
Adriana Narvaez Aguilar
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede San Luis
Yeraldine Viveros Ortiz
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Bartolomé Mitre
Nikol Vanessa Sánchez Moreno
SuplenteCentro Docente Parroquial San Marcos
Sebastián Camilo García Acosta
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Calimio Norte
Claudia Patricia Parra Grajales
SuplenteI.E. Nelson Garcés Vernaza
Dahiana Quintero
SuplenteI.E.O. Llano Verde Principal
Fasdy Lorena Chamorro Cardenas
SuplenteColegio Parroquial San Francisco Javier
Ximena Garcia Paez
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Aguacatal / Colegio Juan Pablo II
Lina Maria Cuero Villada
SuplenteColegio Nuestra Señora de Chiquinquirá
Lixan Daney Aroca Martinez
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Nariño
María Angélica Arias Montoya
SuplenteI.E.O. Llano Verde Sede Invicali Desepaz
Fundación Educativa Santa Isabel de Hungría
Correo del Comité: ccl.sih@arquidiocesanos.edu.co
¿Cómo presentar tu queja?
Sigue estos pasos para reportar un caso de acoso laboral
Identifica
Revisa si lo que percibes encaja en alguna de las conductas de acoso laboral descritas arriba.
Diligencia
Llena el formato con los hechos, fechas, personas involucradas y pruebas que tengas.
Adjunta y envía
Carga el formato diligenciado junto con otras evidencias en el formulario web.
Ir al formulario¿Tienes alguna queja?
Diligencia el formulario a continuación para expresar tu inconformidad. Tu información será tratada de forma confidencial conforme a la Ley 1010 de 2006.
